Aguinaldo 2025: ¿Es Legal Pagarlo con Vales de Despensa o Mercancía?

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Publicado el 03/12/2025

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Con la fecha límite del 19 de diciembre acercándose, algunas empresas con problemas de liquidez buscan alternativas "creativas" para cumplir con el aguinaldo. Una duda frecuente es: "¿Puedo pagar una parte en efectivo y la otra en vales de despensa o productos de la empresa?". La respuesta de la Ley Federal del Trabajo es un rotundo NO.

El Artículo 101 de la LFT es claro: el salario y las prestaciones en efectivo (como el aguinaldo) deben pagarse en moneda de curso legal. Está expresamente prohibido hacerlo con mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo que pretenda sustituir la moneda. El aguinaldo son 15 días de salario , y el salario es dinero, no crédito en tienda.

Si un patrón otorga una "canasta navideña", un pavo o tarjetas de regalo, estos se consideran gratificaciones extraordinarias o regalos, pero NO pueden descontarse de la cuantía de los 15 días de aguinaldo. Si tu nómina registra "pago de aguinaldo en especie", estás documentando tu propia infracción ante una inspección de la STPS. El aguinaldo debe caer en la cuenta bancaria del trabajador, íntegro y en pesos.

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