El "Error de Dedo" que anula tu saldo a favor: Uso del CFDI y Medios de Pago.

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Publicado el 08/04/2026

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Muchos contribuyentes se sorprenden hoy al ver que sus gastos médicos o colegiaturas aparecen como "No Clasificados" en el visor del SAT. En la mayoría de los casos, no es un error de la autoridad, sino una falla en la emisión del comprobante durante 2025. Para que una deducción personal sea válida bajo el Artículo 151 de la LISR, debe cumplir con dos requisitos de "oro" que hoy debes auditar en tu visor:

  1. El Medio de Pago: Si pagaste en efectivo, la deducción es automáticamente improcedente, incluso si tienes el CFDI. La ley exige que los gastos personales se paguen mediante transferencia, tarjeta de crédito/débito o cheque nominativo.

  2. Uso del CFDI (Claves D01 a D10): Un error clásico de los proveedores es emitir la factura con la clave "G03 - Gastos en General" o "S01 - Sin Efectos Fiscales". Para que el sistema del SAT la "jale" a tu declaración anual, debe tener una clave de la sección "D" (ej. D01 para Honorarios Médicos, D02 para Gastos Médicos por Incapacidad, D10 para Colegiaturas).

Si encuentras estos errores hoy, la mala noticia es que ya no puedes pedir la sustitución del CFDI con fecha de 2025. Sin embargo, si el error es solo el medio de pago pero realmente pagaste con tarjeta (y tienes el estado de cuenta), podrías pelear la deducción en una Devolución Manual. Revisar esto hoy te permite preparar tus estados de cuenta para subirlos como evidencia el día que presentes tu declaración.

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