Resolución de facilidades administrativas para 2026.

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Publicado el 17/02/2026

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El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución de Facilidades Administrativas para el ejercicio fiscal 2026, un instrumento diseñado para simplificar el cumplimiento de obligaciones fiscales a contribuyentes clave de la economía: el Sector Primario y el Autotransporte Terrestre (carga, pasaje y turismo).

El documento establece beneficios específicos de comprobación y deducción. Para el Sector Primario (agrícola, ganadero, silvícola y pesquero), se permite la deducción de gastos menores y mano de obra eventual hasta por el 10% de sus ingresos propios sin necesidad de documentación fiscal exhaustiva, con un tope de $800,000.00 M.N. Asimismo, se fija una tasa de retención del 4% de ISR para pagos a trabajadores eventuales del campo, facilitando la gestión de nómina en zonas rurales.

Por su parte, el Sector de Autotransporte (carga federal, materiales, pasaje urbano y foráneo) podrá optar por una retención del 7.5% de ISR sobre los pagos realizados a operadores, macheteros y maniobristas. Adicionalmente, estos contribuyentes cuentan con la facilidad de deducir hasta el equivalente al 8% de sus ingresos propios sin documentación fiscal, limitado a un millón de pesos anuales, siempre que realicen un pago del 16% de ISR sobre dicho monto deducido.

La resolución también ratifica reglas operativas transversales, como la posibilidad de realizar pagos de combustible en efectivo hasta por el 15% del total consumido y el acreditamiento de estímulos fiscales por la adquisición de diésel o biodiésel contra el ISR propio o retenido.

Finalmente, se detallan las obligaciones para los "Coordinados", quienes podrán cumplir con las obligaciones de IVA e ISR por cuenta de sus integrantes, simplificando la carga administrativa para los socios individuales. Estas medidas entrarán en vigor para regular el ejercicio 2026, buscando dar certeza jurídica y operativa a estos sectores productivos.

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